Si estamos siguiendo las noticias de la crisis de la deuda pública de Grecia (y España y Portugal), nos habremos dado cuenta de que se está haciendo especial mención a los Credit Default Swaps (CDS). El mercado de CDS es muy polémico, y mientras algunos afirman que es necesario y está ciertamente salvando a las economías griega y española, otros consideramos que son lugares muy proclives a la especulación financiera y que producen enormes daños a las economías en cuestión. En este documento voy a intentar explicar lo más claro (pero técnicamente) posible este fenómeno, para que cada uno saque sus propias conclusiones.

Los CDS son derivados de crédito, esto es, productos financieros muy complejos que son muy difíciles de entender incluso para los propios economistas. En España, por ejemplo, recientemente se han organizado miles de ciudadanos para protestar por el uso engañoso que las entidades financieras hacen de este tipo de instrumentos. En todo caso los CDS son instrumentos que funcionan como seguros de impago, y su finalidad es que los tenedores de títulos financieros (vamos a hablar de bonos de deuda pública, pero podría ser cualquier otro título financiero) puedan protegerse del riesgo inherente a esos títulos, es decir, a que no puedan cobrarlos finalmente.

Vamos a redactar el ejemplo utilizando a tres agentes económicos: un país cualquiera, que emitirá bonos; un banco, que los comprará; y un inversor financiero, que ofrecerá protección. En primera instancia el país va a emitir títulos de deuda pública para financiar sus actividades económicas, y esos títulos serán comprados por diferentes agentes financieros entre los cuales encontramos a nuestro banco. El banco tendrá entonces los bonos, lo que conlleva unos ingresos futuros pero también un riesgo (puede que el país quiebre y no reciba nunca ni esos ingresos ni lo que pagó por los bonos). Por eso decide que quiere comprar protección: busca algún inversor que quiera asumir esos riesgos por él.

Es entonces cuando aparece el inversor financiero: él está dispuesto a vender protección, a quedarse con ese riesgo. ¿Y cómo es el contrato que establecen el banco y el inversor financiero? Pues el banco pagará periódicamente una cuantía determinada (prima) al inversor financiero, mientras que este no pagará absolutamente nada… salvo si efectivamente se produce la quiebra. En caso de quiebra, entonces el banco le dará al inversor financiero el bono no cobrado y el inversor financiero tendrá que pagarle todo el nominal del bono al banco. De esa forma, en caso de quiebra el banco no habrá perdido nada, pero el inversor financiero se habrá quedado con las deudas incobradas.

¿Por qué querría el banco protegerse contra el impago? Pues por varias razones. La primera de ellas, porque espera que efectivamente ocurra la quiebra. Pero también porque quiere diversificar riesgos (quizás tiene demasiados bonos de deuda pública y quiere asegurar algunos), o porque así puede cumplir con las regulaciones financieras (que exigen ajustar los balances al riesgo asumido). Y comprando la protección aún puede seguir ganando, porque la prima pagada seguirá siendo menor que la recibida por el bono de origen.

¿Por qué querría el inversor financiero vender protección al banco? La razón más evidente es que aparentemente es una fuente de ingresos que no requiere inversión ninguna. El inversor no paga nada y sin embargo siempre recibe periódicamente ingresos. Si se incumple está en un gran problema, pero en caso contrario es un negocio más que redondo: recibir dinero sin invertir. Y como parece tan mágico, hay muchos inversores financieros de estos por el mundo.

Hasta aquí todo parece más o menos sensato, aunque ya hemos podido comprobar que los riesgos se pueden estar concentrando dada la dificultad de diversificarlos. En todo caso el descrito es el funcionamiento técnico básico de estos instrumentos financieros denominados CDS. El mercado de CDS está lleno de operaciones de venta y compra de protección, teniendo en cuenta que no se pueden cancelar los contratos y que cuando un inversor quiere hacerlo lo que tiene que hacer es hacer la operación inversa: si compró protección y ahora quiere deshacer esa posición sólo tiene que vender protección para compensar. Y como en todo mercado financiero, hay procesos especulativos y operaciones que tienen una gran cantidad de efectos graves. Eso lo veremos en el siguiente post.

PS: En el segundo mensaje incluiré alguna bibliografía de la que he aprendido estas nociones, por si a alguien le interesa.